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Menos mal el alcalde es de la U: Ñuñoa subió el precio por el uso del Estadio Nacional

Menos mal el alcalde es de la U: Ñuñoa subió el precio por el uso del Estadio Nacional

Universidad de Chile ha recibido una noticia desfavorable en el ámbito judicial tras haber presentado recursos de ilegalidad en contra de la Municipalidad de Ñuñoa.


Esto ocurrió después de que la alcaldía decidiera aumentar el costo de los derechos por el uso del Estadio Nacional para la U de Chile. Este incremento se basa en una ordenanza municipal que fue aprobada por el Concejo Municipal el 5 de febrero pasado.

La justificación para este aumento se centra en la necesidad de abordar las externalidades negativas que generan los grandes eventos realizados en el estadio, así como para garantizar la protección del perímetro del Estadio Nacional.

Desde Azul Azul expusieron que: “Esos dos nuevos derechos municipales no solo resultan desproporcionados en cuanto a su monto; sino también en su exigibilidad, pues estima una flagrante ilegalidad su imposición repentina y brusca».

No obstante, en decisiones unánimes, la sexta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó esas reclamaciones.

“Su valor se relaciona con la mitigación de distintos trastornos que acarrea para los vecinos del perímetro la alteración de servicios (como el de transporte público, estacionamiento irregular, problemas de acceso, entre otros), lo que exige también el despliegue de recursos municipales vinculados a la Seguridad Pública y el costo de oportunidad que implica para la mantención de la vigilancia de todo el territorio comunal, todo, también expresado a través de una fórmula representativa de costos variables representativos de distintos servicios en materia de seguridad y un múltiplo que corresponde al porcentaje que proporciona el gasto según aforo”.

Así las cosas, desde el Municipio y ciertamente desde la Corte, no les interesa lo que la U deba pagar, sino que lo deben pagar: “decreto reprochado se encuentra debidamente fundado y no se advierte infracción a los principios de motivación del acto administrativo, legalidad y transparencia, máxime si el acto fue dictado dentro de la competencia legal de los órganos municipales concernidos”.

¿Y no era que Sebastián Sichel era de la U?

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