Rechazo traslado Llaitul a cárcel de Temuco confirma Corte Suprema

Rechazo traslado Llaitul a cárcel de Temuco confirma Corte Suprema

La Corte Suprema de Chile ratificó el rechazo al traslado del líder de la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM), Héctor Llaitul, a la cárcel de Temuco. El máximo tribunal confirmó la resolución de la Corte de Apelaciones de Concepción, que decidió que Llaitul debe continuar cumpliendo su condena en el complejo penitenciario Biobío.

Actualmente, Héctor Llaitul cumple una condena de 23 años de prisión por delitos vinculados a la Ley de Seguridad del Estado. Su defensa, a través de las abogadas Verónica Bórquez y Josefa Ainardi, solicitó el traslado argumentando que el recinto penitenciario Biobío no dispone de la infraestructura necesaria para mantener a presos mapuche, y que la permanencia de Llaitul en dicho lugar vulnera sus derechos culturales y ancestrales. También denunciaron que la ubicación alejada de su familia y su cultura afecta su integridad física y psicológica, haciendo que la privación de libertad sea “ilegal y arbitraria”.

Defensa plantea vulneración de derechos culturales y familiares

Las abogadas enfatizaron en la importancia de respetar la cosmovisión mapuche como parte fundamental de los derechos humanos. Además, advirtieron que el aislamiento y la distancia de la familia atentan contra el derecho a la protección familiar y que esto tiene un impacto negativo en la salud mental y bienestar de Llaitul.

Corte Suprema destaca medidas adoptadas en complejo Biobío

En su fallo, la Corte Suprema señaló que Gendarmería de Chile, en el Complejo Penitenciario Biobío, ha adoptado diversas medidas para respetar la espiritualidad, alimentación y vestimenta de Llaitul, propiciando espacios que permiten la adecuada vivencia de su cosmovisión. Esta respuesta institucional fue determinante para el rechazo del traslado.

Importancia del vínculo familiar en el cumplimiento de condena

Además, el tribunal indicó que los vínculos familiares de Llaitul están domiciliados en la región del Bío Bío, por lo que su permanencia en el recinto penitenciario actual facilita el contacto y apoyo familiar, elemento clave para su proceso de cumplimiento de condena y futura reinserción social.

La Corte concluyó que Gendarmería ha actuado conforme a la normativa vigente, principalmente bajo el Decreto Ley 2859 y Decreto 518, los cuales regulan la determinación del centro penitenciario respetando las necesidades culturales y familiares del privado de libertad.

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